El Real Decreto 487/2026, de 17 de junio (BOE de 18 de junio de 2026) modifica el Real Decreto 284/2021 que regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores profesionales, y permite por primera vez realizar hasta el 66% de la formación CAP inicial de forma online mediante aula virtual síncrona. La norma entra en vigor el 18 de septiembre de 2026.
Qué cambia: el modelo híbrido de formación
Hasta ahora, la formación online del CAP solo estaba permitida como medida excepcional durante la pandemia de COVID-19. El RD 487/2026 elimina esa restricción y establece un modelo híbrido permanente:
- En la cualificación inicial ordinaria (280 horas totales): se podrán impartir hasta 166 horas en aula virtual.
- En la cualificación inicial acelerada (140 horas totales): se podrán impartir hasta 92 horas en aula virtual.
El aula virtual debe ser síncrona: es obligatoria la conexión en tiempo real entre alumnos y profesorado, con cámara encendida durante toda la clase. No se admite la formación en diferido ni el visionado de grabaciones como sustituto de la clase en directo.
Qué no puede hacerse online
La norma establece una línea roja clara: las clases prácticas y los exámenes de cualificación inicial no pueden impartirse ni realizarse en modalidad virtual bajo ninguna circunstancia ordinaria. Sí se prevé el uso del aula virtual en circunstancias excepcionales (fenómenos meteorológicos extremos, catástrofes, crisis sanitarias), considerándose en ese caso como formación presencial, pero nunca para clases prácticas ni exámenes.
Supresión del control biométrico obligatorio
El RD 487/2026 elimina la obligatoriedad de los sistemas biométricos (huella dactilar, reconocimiento facial) para el control de asistencia y acceso a los cursos. En su lugar, los centros pueden utilizar:
- Hojas de firmas.
- Registros digitales equivalentes.
- Otros sistemas compatibles con los criterios de la Agencia Española de Protección de Datos.
Dos nuevas exenciones al CAP
El real decreto introduce dos nuevas exenciones a la obligatoriedad de disponer del CAP, aplicables a determinadas actividades con escasa incidencia en el mercado del transporte. Estas exenciones se añaden a la lista del artículo 2 del RD 284/2021, que ya eximía a vehículos militares, de emergencias, bomberos y ambulancias, entre otros.
Convalidación para titulares del certificado de profesionalidad
Los alumnos que acrediten ser titulares del certificado de profesionalidad de Conducción de Vehículos Pesados de Transporte de Mercancías quedan exentos de realizar la formación del CAP inicial, aunque deben superar el examen oficial para obtener el certificado de aptitud profesional.
Medidas de control en el aula virtual
Para garantizar la calidad de la formación online, el RD 487/2026 establece numerosas medidas de control que deberán aplicar las empresas CAP autorizadas:
- Cámara encendida de forma obligatoria durante toda la clase.
- Conexión síncrona verificable en tiempo real.
- Registro de asistencia mediante hojas de firmas u otros mecanismos alternativos a la biometría.
- No podrán superarse las 8 horas diarias de formación en ningún curso.
Cuándo entra en vigor y qué pasa con los cursos en marcha
El RD 487/2026 entra en vigor el 18 de septiembre de 2026, tres meses después de su publicación en el BOE. Los cursos ya iniciados o convocados antes de esa fecha seguirán rigiéndose por la normativa anterior (RD 284/2021 sin modificar). Solo los cursos que comiencen a partir del 18 de septiembre de 2026 podrán acogerse al nuevo modelo híbrido.
Impacto en el sector: más acceso, menos barreras
El Ministerio de Transportes justifica la reforma en el contexto de escasez de conductores profesionales en España y la transformación digital del sector formativo. La flexibilización del CAP busca reducir las barreras de acceso a la profesión: permite a quienes viven lejos de los centros de formación autorizados o tienen horarios laborales complejos completar una parte importante de la formación sin desplazarse.
Al mismo tiempo, la norma mantiene los requisitos presenciales para los contenidos críticos (prácticas y exámenes), siguiendo el criterio de la Directiva (UE) 2022/2561, que señala que no todas las competencias pueden adquirirse eficazmente en línea.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se puede hacer el CAP online?
La posibilidad de realizar parte del CAP en aula virtual entra en vigor el 18 de septiembre de 2026, tres meses después de la publicación del Real Decreto 487/2026 en el BOE (18 de junio de 2026). Los cursos iniciados antes de esa fecha siguen rigiéndose por la normativa anterior.
¿Cuántas horas del CAP se pueden hacer online?
En la cualificación inicial ordinaria (280 horas en total), se pueden impartir hasta 166 horas en aula virtual síncrona. En la cualificación inicial acelerada (140 horas en total), hasta 92 horas. En ambos casos, las clases prácticas y los exámenes deben realizarse presencialmente.
¿El aula virtual del CAP puede ser en diferido?
No. El aula virtual debe ser síncrona: es obligatoria la conexión en tiempo real entre alumnos y profesor, con la cámara encendida durante toda la clase. El visionado de grabaciones no cuenta como formación válida.
¿Los centros CAP pueden eliminar el control biométrico?
Sí. El RD 487/2026 suprime la obligatoriedad de los sistemas biométricos (huella dactilar, reconocimiento facial) para el control de asistencia. Los centros pueden sustituirlos por hojas de firmas, registros digitales equivalentes u otros mecanismos compatibles con los criterios de la AEPD.